Es lo que deberé solicitar a mi abogado que haga cuando el progenitor obligado al pago de la pensión alimenticia a favor del hijo en común deje de cumplir con dicha obligación, de forma total o parcial.
La ejecución de sentencia se iniciará mediante la interposición de la correspondiente demanda de ejecución de sentencia (exenta de tasas). El juzgado requerirá al demandado para que abone el importe reclamado y si no lo hace en un plazo determinado de días, investigará bienes patrimoniales a embargar del progenitor deudor con la finalidad de hacer efectivo lo reclamado (cuentas corrientes con saldo a favor, existencia de nóminas, percepción de prestación por desempleo o de la Seguridad Social, bienes inmuebles, etc…).
Lo mismo sucederá en relación al régimen de visitas cuando el mismo no se cumpla, y sea yo el progenitor guardador o el que tenga derecho a las mismas.
Por vía de la ejecución podré optar a la modificación, e incluso al cambio, del régimen de guarda y visitas, aunque normalmente para ello deberán darse dos requisitos básicos:
a) que el incumplimiento del régimen sea reiterado y no aislado u ocasional; y
b) que la modificación o el cambio en el régimen de guarda y visitas resulte beneficioso para el menor y no una mera sanción contra ninguno de los progenitores. En síntesis, que el posible cambio se sustente, única y exclusivamente, en el interés del menor.
A pesar de lo anterior, en ocasiones será suficiente el incumplimiento reiterado del régimen de visitas, si ello va acompañado de circunstancias “extraordinarias” o “extremas”, como no llevar al menor al colegio o llevarlo en un vehículo sin tener carnet de conducir.
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Hola ya hace 3 años que ejecute sentencia por que no pasaba la pensión de su hijo y sigue si pagar trabaja unos meses declarado y otros en negro jugando al escondite la cuestión es que cuando nos divorciamos el crió tenia ,7 años y va a cumplir 18 y todo sigue igual después de que le acusaran de abandono familiar y 6 meses de cárcel todavía no e cobrado que puedo hacer ?
No hay mucho más secreto que persistir, reclamar, y estar pendiente de cuando haya algo para embargar. La deuda siempre está ahí. También existe la vía penal.
Hola!!! Tengo un hijo de 9 anos antes vivia conmigo en inglaterra Pero ah cambiado la cosa y ahora vive con su papa, x q Esto no le gustaba ni El se adapto Al clima , tenemos custodia compartida el vive en Malaga y nunca se ha puesto nada de pencion, ahora el quiere que se establesca una pencion Pero ni mi marido es el padre de mi hijo, ni yo tengo trabajo. Ademas de tener dos hijos de mi actual matrimonio. Mi pregunta es mi marido Esta obligado a pagar una pencion si no es el progenitor de mi hijo?? Gracias.
Buenas Tardes,
La respuesta es no. De ninguna manera. Sólo usted está obligada.
Un Saludo.
Tengo la guarda y custodia de mi hijo de 18 meses estoy divorciada de mutuo acuerdo y ya hay sentencia el caso es que yo vivo con mi pareja en la casa que es 50% mía y 50% de mi ex y ha dejado de pagar la mitad de la hipoteca esta en su derecho o que trámites tengo que llevar a cabo
No.
Él sigue obligado a pagar su parte de la hipoteca, y si no lo hace usted puede reclamarle su parte.
Un Saludo.
Hola en abril tuve el juicio de modificacion de medidas que demando por parte del padre ya se notifico la sentencia y solo le dieron la no he del domingo entregando a la menor en el cole el lunes .mi hija tuvo que testificar em el juicio y qeria qedarse tal cual entonces yo he rrcurrio y ahpra nose cual.sentencia Se lleva a cabo la antigua o esta que eata recurrida gracias
Rige la última sentencia. Es decir, la recurrida.
Saludos.
Hola, somos una pareja los dos divorciados ,la hija de él la tenemos nosotros porque ella no se quiso hacer cargo. Entonces lo pusimos por el juzgado. Nos dieron la custodia y una pensión alimenticia de 150€.. del 1 al 5 de cada mes, de los cuáles ingresa el día que quiere ella.. pero los fines de semana uno si otro no.. tiene que venir a recogerla del viernes a las 17h hasta el domingo a las 21h.. y nunca llega a su hora siempre a partir de las 19h del viernes y la trae el domingo a las 12h. No podemos salir ni el viernes ni el domingo. Cuanto tiempo de espera tenemos que esperar el viernes? Gracias de antemano
Hola,
No hay un tiempo determinado previsto de espera. En estos casos debe aplicarse el sentido común. Ella no puede ir cuando quiera.
Saludos.