Desde la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado mes de julio, el incumplimiento del régimen de visitas de los hijos, comunicaciones y estancias fijados en una sentencia judicial no se puede denunciar en la vía penal.
La única forma de proceder ahora ante el incumplimiento del régimen de visitas es interponiendo una demanda de ejecución de sentencia en la vía civil para que el juzgado requiera al progenitor en cuestión que cumpla con su obligación o manifieste los motivos por los que se niega a cumplir. Si transcurrido ese plazo persiste el incumplimiento, podrán imponérsele multas coercitivas e incluso modificarse el régimen de guarda y visitas.

Un importante interrogante se abre ante las diferentes situaciones que se pueden derivar de la exclusión de la vía penal para el incumplimiento del régimen de visitas.
A pesar de que hasta ahora en la vía penal este tipo de incumplimientos sólo era considerado como falta, pienso que tenía un importante efecto disuasorio. Además, agosto es un mes inhábil en la jurisdicción civil, dejando ello sin ningún tipo de amparo este tipo de situaciones con los perjuicios que ello puede generar.
Durante estos días, y a través de los comentarios de este blog, tengo el ejemplo de una madre a la que el padre no le ha devuelto a su hijo alcanzado el final de su turno en las vacaciones, manifestándose angustiada ante la impotencia de no poder hacer nada y la inminencia del inicio del curso escolar. Tanto los Mossos d’Esquadra como la Policía Local le han dicho que sólo pueden constatar el incumplimiento, pero que debe esperar al uno de septiembre para, con la preceptiva asistencia de abogado y procurador, solicitar el cumplimiento de la sentencia en la jurisdicción civil.
No me quiero precipitar en criticar al legislador, pero me pregunto si se han tenido en cuenta este tipo de situaciones al modificar la ley.
Artículos relacionados:
· Discrepancia En La Interpretación Del Calendario De Visitas. ¿Es Adecuado Recurrir A La Ejecución De Sentencia?
· El Delito De Desobediencia Grave, Otra Posible Vía Penal Contra Los Incumplimientos Del Régimen De Visitas.
· Incumplimiento Del Régimen De Visitas. Desobediencia Grave.
· El Delito De Sustracción De Menores Por Parte De Sus Propios Progenitores (225 bis Código Penal).
· Cuando El Progenitor Con Derecho A Visitas Reclama Su Cumplimiento.
· ¿Cómo Actuar Ante El Incumplimiento Del Régimen De Visitas?
· ¿Qué Puedo Hacer Ante El Incumplimiento Del Régimen de Visitas Del Progenitor No Custodio?
· ¿Qué Puedo Hacer Si No Se Cumple El Régimen De Visitas?
· Régimen De Visitas. Incumplimiento Por Voluntad De Los Hijos.
Hola: si el padre no ha devuelto al hijo, pues además de la acción civil, cabe y es mas efectiva, la denuncia penal o querella, por sustracción de menores, con un “adorno” por parte del abogado o de la madre del menor hacia el juez o fiscal, diciendo que el menor no se sabe dónde está, que puede correr peligro,que lo pueden haber trasladado a otra provincia etc.
saludos.
Mi caso es que mi exmujer me denuncio por maltrato a mi hija, argumentando que yo habia pellizcado en el ascensor a mi hija y le habia generado unos moratones.Cuestion que nunca sucedio por que jamas he puesto la mano encima a mi niña. Por esa denuncia de ella el juzgado dicto unas medidas cautelares de alejamiento de mi hijo desde le mes de Noviembre, y desde entonces aun no se ha celebrado juicio. El juez establecio la orden de alejamiento pero mantuvo el contacto telefonico.Dispongo para llamar a mi hijo de 19/ 20 todos los dias.Pues bien, desde aquello hay dias que no se nos ha permitido hablar a mi hija ( 7 años) y a mi, por lo que puse demanda de ejecucion de STC.Se ha dictado stc conforme la cual si mi mujer no cumple con el respeto a la comunicacion entre mi hijo y yo tendra una multa de 100 eu.Pero cual es el caso que a ella esa STC la sigue dando igual, no la respeta, y si le mando un sms preguntando ppor qué no he podido hablar con mi hijo, y si mi hijo esta bien por que la profesora me dijo que no fue al fin de curso por que la madre excuso su ausencia diciendo quee iba al medico…La pregunto por sms como esta mi hijo y pq ha ido al medico, que le sucede y por que no se nos permite hablar…Y no me responde a nada de lo que le pregunto, solo me dice que la deje de acosar, que como la mande mas sms me denuncia y que ella no puede obligar al niño a ponerse al tlf si ella no quiere hablar conmigo….
Para mi es un calvario, el peor de mi vida sin poder estar con mi pequeña, pero ahora ya sin ni siquiera poder hablar con ella, aunque bien es cierto que en las conversaciones que teniamos ultimamente me insultaba, me llamaba mal padre, y me decia que queria verme en la carcel por que le tenia que pasar mas pension de la que le paso…..que tengo que pagarle los libros……Y yo a la niña no quiero hablarle de estos temas judiciales, solo quiero que mi hija sea feliz
Que pasos y acciones debo seguir ahora???.Qué me aconsejas?.Podria denunciar ahora por el incumplimiento del apercibimiento judicial, para que le pongan esas multas a la madre?.Puede la madre ampararse en que mi hija diga que no quiere hablar conmigo….?
Sí que podría denunciar. En principio debe cumplirse con el apercibimiento.
Un Saludo.