Dentro del Derecho de Sucesiones del derecho común, el derecho de reversión del artículo 812 del Código Civil ocupa un lugar esencial al proteger el patrimonio familiar y garantizar que los bienes donados por los ascendientes permanezcan dentro del tronco familiar.
Este precepto, basado en el principio de troncalidad, busca evitar que las donaciones realizadas por padres o abuelos a favor de sus descendientes terminen, tras el fallecimiento de estos, en manos ajenas a la línea de sangre.
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¿En qué consiste el derecho de reversión?
El artículo 812 del Código Civil señala que “Los ascendientes suceden con exclusión de otras personas en las cosas dadas por ellos a sus hijos o descendientes muertos sin posteridad, cuando los mismos objetos donados existan en la sucesión».
Asimismo, añade que si hubieran sido enajenados por el descendiente (vendidos, permutados, aportados a sociedad) sucederán en todas las acciones que el donatario (descendiente fallecido) tuviera con relación a ellos, y en el precio si se hubieran vendido o en los bienes aunque sean sustituidos, si los permutó o cambió, constituyendo ello una manifestación explícita del principio de subrogación real.
Este precepto responde al principio de troncalidad, evitando que una donación que hubiese sido hecha por un progenitor o abuelo, a favor de un hijo o nieto, acabe en manos, total o parcialmente, de la familia del otro progenitor.
Los mecanismos que podrían utilizarse para evitar esta consecuencia, como en el caso de la reserva troncal, son las prohibiciones de disponer o sustituciones fideicomisarias, insertadas en la donación originaria.
Fuente del Post: Materiales elaborados por el Notario DON JESÚS GÓMEZ TABOADA.
Preguntas Frecuentes.
¿Qué establece el artículo 812 del Código Civil?
El artículo 812 del Código Civil dispone que los ascendientes tienen derecho a suceder en los bienes que donaron a sus descendientes si estos fallecen sin dejar descendencia, siempre que los bienes donados existan en la sucesión.
¿Cuál es el objetivo del derecho de reversión?
El objetivo es preservar el patrimonio familiar dentro del tronco de sangre, evitando que los bienes donados por ascendientes terminen en manos ajenas tras el fallecimiento del donatario.
¿Qué ocurre si el descendiente vende o cambia los bienes donados?
En ese caso, los ascendientes suceden en las acciones o derechos derivados de la enajenación, o en los bienes sustituidos, aplicándose el principio de subrogación real.