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Oscar Cano | Abogado de Familia y Sucesiones

Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
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Legados Sujetos A Condición, Plazo o Modo.

Al otorgar testamento podemos nombrar herederos de todo o parte de la totalidad de la herencia a unas determinadas personas (herederos), pero también podemos hacer un legado, dejando un bien en concreto a una persona.

En consecuencia, legar algo es dejar en testamento un bien concreto a una persona determinada

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Condición.

Podemos dejar un legado a condición de que se cumpla una cosa o se cumpla una obligación de hacer algo, pudiendo ser esa condición suspensiva (queda en suspenso el legado hasta que se cumpla) o resolutoria (el legatario hace suyos los bienes hasta que no venza el término o se cumpla la condición).

Un ejemplo sería dejar a un hijo las acciones de una compañía, a condición de que acabe la carrera de derecho a la edad de 25 años.

Plazo.

También podemos dejar un legado sujeto a un plazo, dejando, por ejemplo, una determinada cantidad de dinero a los hijos del que no podrán disponer hasta que alcancen una determinada edad.

Modo.

Someter el legado a un modo supone imponer al legatario una carga, un destino o una limitación.

Fuente del PostHerencias y Donaciones en Catalunya. Trucos Para Pagar Menos Impuestos de DON ALEJANDRO EBRAT PICART.

Photo Credit: Fotolia.

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