Independientemente de que el régimen de guarda y custodia sea o no compartido, decisiones como un cambio de colegio deben ser consensuadas para su eficacia.

Ya a la venta la Edición de 2026 de la extinción de los alimentos de los mayores de edad
Este año PDF+Vídeo
Vídeo explicativo de 35 minutos. PDF de más de 300 páginas, con más de 400 resoluciones de juzgados y tribunales de toda España.
Índice práctico para localizar rápidamente cualquier cuestión.
Repertorio de jurisprudencia clasificado por materias.
Análisis específico del Codi Civil de Catalunya y del Derecho común.
…. y más cosas que te cuento en el enlace de abajo.
Y es que el artículo 236 – 11.6 dispone que para decidir el tipo de enseñanza de los hijos, así como para cambiar su domicilio si eso los aparta de su entorno habitual, es necesario el consentimiento de ambos progenitores, entendiéndose que el mismo se ha prestado tácitamente si pasados treinta días desde la notificación que se haya efectuado para su obtención, el progenitor que no toma la decisión no plantea esa controversia de parentalidad que regula el artículo 236-13.
A pesar de lo anterior, la citada resolución censura esa unilateralidad en el modo de proceder con el fin de que sirva a las dos partes de apercibimiento para que ajusten su comportamiento en el futuro a la exigencia legal de los necesarios consensos que, si no se alcanzaran, deberán ser objeto de proceso de mediación con carácter previo a plantear la discrepancia para su resolución por el juzgado.
Photo Credit: keith ellwood.
Artículos relacionados:
1. Obligaciones Del Progenitor Custodio.
2. Visitas Médicas De Los Menores.
3. El Cambio De Domicilio Del Progenitor Custodio.
4. Los Problemas Con La Ropa De Los Hijos.
5. Decisiones Sobre Los Menores. ¿Quién Las Toma?