
Aunque se tiene derecho a las pensiones alimenticias desde que se necesitan, no podrán solicitarse los anteriores a la fecha de la reclamación judicial o extrajudicial, con la única excepción de que en el caso de los menores se podrán pedir las correspondientes al año anterior de la reclamación, si la misma no se pudo hacer por causa imputable al obligado al pago (artículo 237 – 5 del Codi Civil de Catatalunya).
La Sentencia de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, dictada en fecha de 20 de septiembre de 2004, deja claro que para evitar la citada norma no se podrá utilizar la figura del enriquecimiento injusto del obligado al pago, cuando además en ese supuesto concreto no hay enriquecimiento alguno por parte del progenitor obligado, ya que hasta que no se le reconoció legalmente la paternidad no empezó a pagar la pensión a favor de su hija, que hasta entonces cuidó y disfrutó en exclusiva la madre.
Ya puedes comprar
Todo Sobre Los MASC 2026
¿Qué es?
Desde que los MASC existen he desgranado la ley, escuchado ponencias, tomando notas como un desesperado y leído cientos de resoluciones de las Audiencias Provinciales de toda España.
El resultado es Todo sobre los MASC 2026:
— Un PDF con 263 puntos clave y formularios.
— Otro PDF con más de 500 reseñas jurisprudenciales ordenadas por materias.
— Un vídeo de unos 15 minutos con un consejo por el que, por sí solo, ya merece la pena la formación.
120 euros.
Si quieres comprar es aquí:
Artículos relacionados:
1. Reclamación De Pensiones Alimenticias. Retroactividad.
2. Reducción De La Pensión Alimenticia. Retroactividad.
3. Pensión De Alimentos. Retroactividad De Lo Resuelto En Apelación.
4. Pensión De Alimentos. Lo Pagado No Se Devuelve.
5. Guarda y Custodia y Alimentos Sin Divorcio.