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Oscar Cano | Abogado de Familia y Sucesiones

Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
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3 Claves Sobre Pareja y Testamento.*

1. Cuando una persona se separa, divorcia o cesa en su relación de pareja de hecho, todas las disposiciones testamentarias hechas a favor del cónyuge o pareja de hecho, se tendrán por no puestas.

Es decir, si se ha nombrado heredero a un cónyuge en un testamento y posteriormente llega el divorcio, el ex cónyuge dejará de ser heredero automáticamente.

2. Si se hace testamento se puede excluir a la pareja (tanto en matrimonios como en parejas de hecho) de cualquier derecho sucesorio, dado que la pareja no tiene derecho a legítima.
3. Si no se hace testamento, y en la herencia, junto a los hijos, existe cónyuge viudo o pareja de hecho, tendrá la misma derecho al usufructo universal, aunque podrá cambiarlo por una cuarta parte de la herencia y el usufructo de la vivienda habitual.

En estos casos pueden surgir problemas entre el cónyuge viudo y los hijos, dado que si los bienes de la herencia son la vivienda habitual y, por ejemplo, tres apartamentos, heredarán, por ejemplo, los cuatro hijos, pudiendo la madre optar (dentro de un año) entre:

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a) Quedarse el usufructo universal de toda la herencia, correspondiendo la nuda propiedad a los hijos, suponiendo ello que ni la madre ni los hijos por sí solos podrán encontrar a nadie que les compre su participación al no tener ningún interés, no pudiendo realizar nada de la herencia.

Ni siquiera podrían vender bienes para pagar los gastos de la misma.

b) Cambiar el usufructo universal por el usufructo de la vivienda, con la consecuencia de que no saldrá de la misma mientras viva, y por una cuarta parte alícuota de la herencia.

En este caso será necesario el consentimiento de todos los demás herederos – los cuatro hijos – para realizar una venta provechosa de aquellos bienes en indiviso o en usufructo, siendo ello imposible mientras no haya acuerdo entre ellos. Si no se ponen de acuerdo, ninguno podrá disfrutar de la herencia.

Las situaciones anteriores serían evitables con un testamento que deje, por ejemplo, al cónyuge la vivienda habitual y a los hijos los tres apartamentos, con la obligación de pagar a la madre, mientras viva, una cantidad de dinero para su sustento.

 

Photo Credit: Fotolia.

 

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