Lo que se tiene en cuenta a la hora de fijar la pensión alimenticia son los ingresos de los progenitores y los gastos de los menores, debiéndose buscar una contribución proporcional de ambos.
Será determinante si los niños van a un colegio público o a uno privado o concertado, así como si hay algún problema de salud que necesita una atención médica especial o tratamiento. También si realizan o no actividades extraescolares.
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Debe quedar claro que el hecho de que uno de los progenitores tenga una muy buena posición económica no exime al otro de contribuir a los gastos de sus hijos, y que el importe mínimo en concepto de pensión alimenticia para el sustento de un menor se considera por la jurisprudencia que debe estar en torno a los 150 euros.
Es importante tener en cuenta que gastos como libros, material escolar, excursiones, colonias, uniformes, etc… se encuentran incluidos en el importe de la pensión alimenticia, salvo que en nuestro convenio regulador no se especifique de forma distinta, y que el valor económico de la atribución del derecho de uso de la vivienda que fuera familiar, sea de titularidad exclusiva o no del que paga la pensión, debe ser ponderada o valorada a estos efectos.