Desde que he intensificado las publicaciones de los artículos en el Blog han ido aumentando los comentarios y el feedback con los lectores de una forma considerable. Sobre todo desde que hace algo más de un mes publico a diario recibo bastante más interacción a través del mismo Blog, pero también mediante las redes sociales Twitter, Facebook, y vía correo electrónico.
Son recurrentes los comentarios en el sentido de que leyendo mis artículos se dan cuenta de que podrían haber resuelto sus rupturas de forma mucho más satisfactoria si hubiesen recibido mejor información sobre figuras como la pensión compensatoria, la compensación económica por razón de trabajo, o la mismísima pensión de alimentos para menores. Pero en la mayoría de los casos lo que concluyo es la inconveniencia de que ambos miembros de la pareja sean asesorados por el mismo letrado (por muy de buen rollo que sea la separación), y la necesidad de acudir a un experto en Derecho de Familia. Siempre lo recalco, pero con lo que me llega de la gente cada vez lo encuentro más esencial.
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Tampoco son O.k. las frases del tipo “si no aceptas este convenio será peor para ti porque es un muy buen convenio y el juez no será tan espléndido…”, y otras lindezas. Deberíamos desterrar este tipo de argumentaciones de la abogacía de familia moderna y exigir un poco más de profesionalidad y profundidad en la fundamentación de las mismas. Salid corriendo ante este tipo de afirmaciones. Son impropias de la abogacía 2.0, 3.0 ó 17.0.