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De los 40 para arriba…
Mira. Esto que te voy a contar es serio.
Mujer de 65 años en plena ruptura con su pareja de hecho durante los últimos 21 años.
Ella ha estado trabajando para el negocio de él durante todo este tiempo. Esa fue la forma en la que decidieron funcionar: ella ayudando en el negocio.
Según él, no hacía falta eso de darle de alta en la Seguridad Social, porque entre familiares eso no es necesario.
Por si fuera poco, la vivienda habitual está a nombre del 100 % del prenda, habiendo ella contribuido a pagar su hipoteca de diferentes formas (entre ellas, trabajando para él).
Hay alguna cosa más… pero no está mal el pastel, ¿no?
Probablemente esta señora pueda reclamarle hasta un máximo del 25 % del crecimiento del negocio durante la relación (cosa no fácil de acreditar), el uso por mayor necesidad de la vivienda habitual limitado a 3 años… y alguna cosa más que habrá que estudiar con mucha dedicación.
Con esto habrá que trabajar. No se puede tirar hacia atrás.
¿Lo ideal?
Haber regulado el funcionamiento económico de la pareja de hecho desde un inicio para evitar cualquier desequilibrio injusto, o incluso haber elaborado pactos en previsión de ruptura.
Por qué no decir que el matrimonio sigue siendo mucho más seguro que las parejas de hecho.
Nunca tendrás pensión compensatoria indefinida si eres pareja de hecho.
Pero ojo, que me encuentro muchos matrimonios que ponen un inmueble al 50 % de ambos aunque solo uno de ellos lo pague, olvidando que en Catalunya existe la presunción de donación.
Es decir, que por mucho que lo hayas pagado tú, seréis copropietarios salvo que demuestres que eso fue un préstamo.
En resumen
Mejor nunca mojarse la barriga (salvo en la playa o la piscina).
Pero es que a partir de los 40, igual ya no nos queda tiempo para rectificar, y nos plantamos en los 65 sin haber cotizado y con una mano delante y otra detrás.
¿Estás ante un lío como este o quieres evitarlo a tiempo?
Puedo ayudarte a prevenir estas situaciones, o a reparar lo que se pueda si llegamos tarde.
Más vale tarde…
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