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Oscar Cano | Abogado de Familia y Sucesiones

Abogado de Barcelona experto en Derecho de Familia y Sucesiones
Blog

Posibles Consecuencias De Una Actuación No Efectiva Del Abogado.

La Sentencia dictada por la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 7 de marzo de 2017 (ECLI:ES:APB:2017:1991), admitió la incorporación de nueva documentación en apelación, a pesar de que la misma ya existía en el momento de celebrarse el juicio en primera instancia.

Aunque el artículo 790.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sólo permite pedir en apelación la práctica de las diligencias de prueba que no se hubieran podido proponer en la primera instancia, las propuestas que hubiesen sido indebidamente denegadas, y las admitidas que no hubiesen sido practicadas por causas que no le fuesen imputables al recurrente, el Tribunal interpretó el mismo a la luz del derecho a la asistencia letrada eficaz y admitió la documetal aportada con el escrito de apelación por su relevancia, al ser documentos que reforzaban la hipótesis exculpatoria de la madre acusada de sustracción de su hija menor, y cuya falta de aportación en su momento no se consideró explicable, dado que eran la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que hizo ganar firmeza a la de instancia que modificó el régimen de custodia de la hija menor pasando atener la guarda la madre, y una denuncia ante la Fiscalía de Menores de Madrid en la que la progenitora mostraba su preocupación por el hecho de que la menor tuviera que volver a residir con el padre.

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Considera la resolución citada que los nuevos documentos eran trascendentes a efectos de acreditar o eludir la acreditación del elemento típico “sin causa justificada” exigido por el artículo 225 Bis del Código Penal, y que estaban en poder de la apelante desde el año 2012, sin que, además, pudiese suponer ningún perjuicio ni sorpresa su aportación para las demás partes, pues conocían o debían conocer la existencia de los mismos, al haber sido partes en los procedimientos en los que se produjeron, siendo ello extensivo al Ministerio Público.

 

Photo Credit: Fotolia.

 

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