Independencia económica como requisito para dejar de pagar la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad.
No basta con una mera incursión en el mercado si ha sido de una intermitencia y precariedad que no ha dado a la persona la posibilidad de atender a su sostenimiento, habitación y prestación sanitaria (Sentencia dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Lleida, en fecha de 30 de mayo de 2013).
No es propiamente el salario sino las bases de cotización lo que debe tenerse en cuenta, y una vez se considera adquirida esa independencia económica y extinguida la pensión alimenticia, si el hijo vuelve a una situación de necesidad ya no pueda recuperar la pensión alimenticia propia de un procedimiento matrimonial entre sus padres, sino que deberá ser él mismo quien les reclame una pensión de alimentos.
Cualquier trabajo temporal, en prácticas o a tiempo parcial de los hijos no podrá dar lugar a la extinción del pago de la pensión alimenticia por parte del progenitor obligado. La Sentencia dictada por la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en fecha de 14 de octubre de 2014, no considera suficiente que el hijo haya trabajado durante tres meses tras causar baja en el colegio, y poco antes de acceder a la mayoría de edad, con un contrato a tiempo parcial de 13 a 19 horas y 534,75 euros de ingresos.
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Se me ocurren varias preguntas y comentarios al respecto, pero una de las mas importantes es, atendiendo a lo aquí leído: ¿Tengo que pagarle pensión también, incluso cuando está trabajando, solo por el hecho de no tener un contrato indefinido?
Además, teniendo en cuenta la precariedad laboral actual y la reforma aprobada por este gobierno, se supone que habrá un límite al pago de la pensión, porque de no ser así, me veo pagando pensión a mi hijo de por vida.
Tengo la sensación de que esta ley hace pagar a los padres lo que debería estar pagando el sistema.
Si se extingue la pensión y el hijo pide a los padres una pensión para poder subsistir, ¿Sigue siendo la misma cantidad anterior, o se puede pactar otro tipo de condiciones?. Lo pregunto porque si solo uno de los progenitores tiene ingresos, también debería tener el derecho a exigir la convivencia con el mismo que lo vaya a mantener, ya que no existe la custodia ni rige convenio regulador. Saludos.
Cada caso concreto debe ser analizado particularmente. La idea básica es la independencia económica. No es necesario un contrato indefinido pero si una incorporación al mercado laboral que no puede considerarse que exista con un contrato aislado de tres meses y a tiempo parcial.
Los alimentos que quedan fuera del procedimiento matrimonial son los alimentos entre parientes de toda la vida. Ahí ya existe la mayoría de edad, no hay guarda y se pueden ofrecer, al menos en una parte, «en especie». Son los alimentos más básicos y estarían cubiertos con «techo» y alimentación en sentido estricto.
En cualquier caso, un hijo es una gran responsabilidad de por vida, si. Una decisión importante y que debería tomarse con mucha conciencia y responsabilidad.
Buenos dias, la hija de mi pareja actual divorciada tiene trabajo desde marzo y además se ha hecho pareja de hecho y se ha ido del hogar familiar. Por supuesto, la madre no lo ha comunicado oficialmente y se ha seguido beneficiando de la pensión alimenticia de la hija.
¿le ha de seguir pagando la pensión alimenticia ?
No se la tiene que seguir pagando. Yo la avisaría vía burofax.
Un Saludo.
Hola. Mi hija tiene 23 años y recibe una pensión alimenticia. Ella vivía con su madre y ahora hace tres meses que vive con su novio en otro domicilio. Ella trabaja y gana 500 euros y el novio también trabaja y gana 1000. Estando ella viviendo aparte fuera del domicilio familiar. Tengo que seguir pagando la pensión de alimentos? Gracias.
No. Es requisito imprescindible que viva con la madre.
Un Saludo.
Buenos días, mi hija de 23 años está estudiando y le quedan, por lo menos 2 años todavía, recibo pensión alimenticia por ella. Mi hija se ha buscado un trabajillo los fines de semana para este verano y continuará unos meses para ayudar a pagar los estudios y sacarse el carnet de conducir. Le van hacer un contrato de trabajo, pero no llegará al sueldo mínimo interprofesional. Mi pregunta es ¿Su padre se puede negar a pagar la pensión alimenticia? Muchas gracias por anticipado por su respuesta. Atentamente,Cristina.
No. Debe seguir pagando.