El Plan de Parentalidad viene regulado en el artículo 233 – 9 del Codi Civil de Catalunya. Es una de las principales novedades del Libro II del Codi Civil de Catalunya , y puede y debe constituir una herramienta de gran valor para evitar la conflictividad cotidiana entre los progenitores derivada del ejercicio de las responsabilidades parentales. No obstante, incluso muchos abogados obvian la importancia y trascendencia que puede tener y se desaprovechan sus reales potencialidades.
El Plan puede incluir acuerdos sobre aspectos prácticos de la vida diaria de los menores y el modo en el que los padres se comunicarán, así como en relación a cuestiones importantes que aparecerán en el medio y más largo plazo relativos a la educación o la formación religiosa del menor (por ejemplo si hará o no la comunión). También podrán incluirse en el Plan de Parentalidad cuestiones que se hayan identificado como conflictivas en la práctica dentro de la pareja como el modo de relacionarse ambos padres con sus hijos el día del cumpleaños de estos (independientemente de con quién convivan en ese momento), si por ejemplo hay la costumbre de que un día determinado del año se vaya a comer a casa de un concreto familiar o pariente, si la Nochebuena siempre se cena en casa de quién sea y los Reyes se celebran con una familia y no con la otra. Asuntos como quién se encargará de acompañar a las actividades extraescolares al menor, cómo se pondrán de acuerdo los progenitores para formalizar las preceptivas autorizaciones para acudir a unas colonias (convivencias, campamentos), o para si es conveniente poner o no una determinada vacuna. También podrán preverse la forma de adecuar y adaptar los períodos de convivencia del menor con uno y otro progenitor, si al acabar el período aquel está enfermo, o la tenencia y entrega de sus documentos (de identidad, sanitarios, etc…).
Se trata, sino de dejar cerrados totalmente la mayoría de este tipo de aspectos que pueden dar lugar al conflicto, si al menos prever en el Plan unos protocolos, mecanismos o rutinas de actuación que permitan, de forma ágil y con las menores trabas posibles, encaminar la controversia hacia un entendimiento que evite la judicialización de las mismas. Un Plan de Parentalidad trabajado al detalle puede ahorrar muchos dolores de cabeza.
Hola buenas, quería consultar
El periodo vacacional, está estipulado de la siguiente manera… Dos tramos: el primero desde el final del colegio hasta final de julio; y el otro, agosto hasta el inicio del colegio…
Cada año, por deseo de la menos, una semana la ha disfrutado en los period contrarios, es decir , en el periodo de la madre una semana ha ido con su padre, y viceversa…
Este año, la madre ha dicha a su hija, que en el tramo de padre no va a aceptar ningún cambio… Es decir las 6 semanas seguidas… Sin embargo, le ha dicha que mientras este con ella, aunq le toca estar con ella, si quiere irse con su padre no hay problema…
No entendemos nada
si en un tramo que no es el que nos corresponde, la madre acepta que la menor este con su padre, el padre está obligado a cumplir con el tramo segundo completo, cuando quizás ha completado mas del 30% del tiempo que debe pasar en verano con la menor?
Si no se ponen de acuerdo debe cumplirse lo que diga la sentencia. Si usted quiere tenerla una semana más y la madre no, es perfectamente posible, igual que si usted quiere limitarse a estar con su hija sólo el tiempo estipulado.
Un Saludo.
Buenas.
Mi Consulta. Si tenemos en un proceso contencioso la sentencia de juzgado de primera instancia +aclaraciones+la sentencia de audiencia pero con todo el plan de parentalidad es incompleto o poco preciso en consideraciones de las actividades históricas o como sustituto irlas por otras nuevas según van creciendo los hijos y calendarios no son precisos en el criterio i reglas alternancia de custodia? De que forma puedo exigir que se complete y evitar discusiones mayores.?
Para estos casos la única posibilidad que veo es el acuerdo con la otra parte. Ningún plan de parentalidad llega a todos los detalles y, obviamente, el paso del tiempo los puede incluso desactualizar. Pero eso no es causa que permita una modificación de medidas.
Un Saludo.