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¿Cómo Puedo Obtener Una Copia Autorizada Del Testamento?

copia autorizada testamento

Los herederos o cualquier persona con un interés legítimo, pueden dirigirse a la notaría donde esté archivado el testamento para obtener una copia autorizada.

Requisitos para Obtener una Copia Autorizada.

Para solicitar la copia autorizada del testamento, se requiere:

  • Certificado de defunción, expedido por el Registro Civil.

  • Certificación del Registro General de Actos de Última Voluntad, dependiente de la Subdirección General del Notariado y de los Registros.

Nota: Este último certificado (de últimas voluntades) solo puede solicitarse tras 15 días hábiles desde la fecha de defunción.

¿Quién Puede Solicitar la Copia Autorizada?

Mientras el testador esté vivo, solo él o una persona apoderada podrá solicitar la copia.

Tras el fallecimiento del testador, no cualquier familiar puede obtenerla. Se debe acreditar un interés legítimo. Según el artículo 226 del Reglamento Notarial, tienen derecho a solicitarla:

  1. Herederos instituidos.

  2. Legatarios, albaceas, contadores partidores y administradores mencionados en el testamento.

  3. Personas que, de no existir el testamento, heredarían por sucesión intestada, incluyendo al Estado o la Comunidad Autónoma.

  4. Legitimarios.

Importante: Las copias de testamentos revocados solo se expiden para acreditar su contenido, indicando expresamente su falta de vigor.

¿Dónde Se Solicita la Copia Autorizada?

Puedes hacer la solicitud en:

  • La notaría donde se archivó el testamento.

  • Cualquier otra notaria, que podrá tramitar la solicitud sin necesidad de desplazarte.

Ejemplo: Si resides en Catalunya y el testamento está en otra parte de España, puedes acudir a la notaria más cercana y gestionar la solicitud.

Diferencia Entre Copia Simple y Copia Autorizada.

  • Copia simple: No tiene valor probatorio ni da fe del contenido. Es solo una fotocopia informativa sin firma del notario. Sirve para trámites simples.

  • Copia autorizada: Documento oficial con firma del notario, en papel timbrado y con valor legal para trámites de herencia, impugnaciones y otros.

Diferencias clave:

Característica Copia Simple Copia Autorizada
Valor probatorio No
Firma notarial No
Papel timbrado No
Costo Menor Mayor

Óscar Cano.

 

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La tramitación de una herencia es algo complejo que en la mayoría de ocasiones te pilla con la guardia baja.

No sólo se trata de obtener una copia autorizada del testamento, sino también el certificado de últimas voluntades, averiguar si el difunto tenía seguros de vida, gestiones con los bancos con los que trabajaba …., y todo lo relativo a la aceptación de la herencia, liquidación de impuestos e inscripción de los inmuebles en el registro.

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